Cláusulas Abusivas y Reclamaciones Bancarias

Cláusulas Abusivas y Reclamaciones Bancarias

Cláusulas Abusivas

Defiende tus Derechos Frente a las Entidades Bancarias

¿Te han afectado las cláusulas abusivas en tu hipoteca u otro contrato bancario? María Rosa Martín te asesora para reclamar tus derechos y recuperar tu dinero.

Protege tus Derechos ante Cláusulas Abusivas

Cláusula Suelo

¿Qué es la Cláusula Suelo?

La Cláusula Suelo es una cláusula incluida en muchos contratos hipotecarios que establece un tipo mínimo a pagar en las mensualidades de la hipoteca, independientemente del interés marcado por el mercado. Según la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 21 de Diciembre de 2016, las entidades bancarias deberán devolver las cantidades pagadas de más por motivo de esta cláusula desde la fecha de formalización de la hipoteca.

Si firmaste tu hipoteca entre el 2001 y 2012 y, además, la cuota mensual que pagas no ha bajado en los últimos años de la misma forma que el Euribor, es probable que tengas cláusula suelo.

Si firmaste un acuerdo con el banco para que te quitara o rebajara la cláusula suelo a cambio de no emprender acciones legales, todavía puedes recuperar tu dinero. El TJUE en su sentencia del 9 de julio del 2020 deja claro que no es válida la renuncia a la reclamación judicial y que deben ser los jueces españoles quienes determinen si hubo transparencia en estos pactos.

Gastos Hipotecarios

¿Cuáles son los gastos hipotecarios y qué puedo reclamar?

Los gastos de formalización de la hipoteca son los Aranceles de NotarioRegistro, Honorarios de GestoríaTasación e Impuestos que pagaste cuando firmaste tu hipoteca. Generalmente, las facturas se adjuntan a la Escritura.

De todas estas partidas, tras varios años de discrepancias e incertidumbre respecto de su recuperación por los consumidores, en julio de 2020 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dejado claro que si la cláusula de gastos hipotecarios se declara nula habrá de ser el banco quien corra con estos gastos a no ser que haya normativa española que diga lo contrario.

Siendo así, ¿a quién correspondía pagar cada factura?

  • Factura de la NOTARÍA correspondiente a la Escritura de Préstamo Hipotecario. A medias entre el banco y el consumidor hipotecante.
  • Gastos de TASACIÓN de la vivienda. Al banco.
  • Factura del REGISTRO DE LA PROPIEDAD por la inscripción de la Hipoteca. Al Banco.
  • Gastos de GESTORÍA, siempre y cuando su intervención se haya impuesto por el banco. Al banco.
  • El IAJD, en virtud de la Ley que regulaba dicho impuesto, debía abonarlo el consumidor.

A partir de marzo de 2019, tras la entrada vigor la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario que modifica la regulación existente en materia de Gastos Hipotecarios, al formalizar una hipoteca, los gastos se deben abonar conforme al siguiente reparto legalmente establecido:

  • Notario, Registro y Gestoría deben abonarse por el Banco (salvo las copias de la escritura que quiera para sí el consumidor).
  • La Tasación debe abonarla el cliente consumidor.
  • El IAJD, tras la modificación de la norma que lo regula, es la entidad financiera quien debe abonar el mismo.

 

¿Puedo reclamar si la hipoteca está ya cancelada?

Si una cláusula es nula, no hay plazo alguno para solicitar su nulidad.

Sí, existen plazos para reclamar las cantidades, sin embargo, según lo apuntado por el Tribunal Supremo en la cuestión prejudicial planteada a Europa, los plazos que baraja como posibles no finalizarían hasta al menos abril de 2024. De todos modos, es una cuestión pendiente de clarificar. Tráenos tu hipoteca y te decimos si puedes reclamar y cuánto podrías recuperar.

Reclamación Tarjetas Revolving

Si llevas años pagando cuotas pero tu deuda no termina nunca, es muy probable que tengas una tarjeta revolving. La única manera de dejar de sumar intereses y acabar con la deuda perpetua es dejar de usarla y cancelar el contrato

Las tarjetas revolving son un tipo de tarjeta de crédito, cuya particularidad es que las compras, disposiciones en efectivo, etc. que se realicen con la misma y dentro de un límite de crédito, se pagan a plazos. La principal “ventaja” de este tipo de tarjetas, aparentemente, es que tú decides cuánto quieres abonar periódicamente. Por lo general pagas una cuota fija cada mes, que suele y puede ser baja, o un porcentaje de la deuda pendiente. Esto hace que no amortices capital e intereses y se vayan acumulando “mes a mes”, perpetuando la deuda en el tiempo.

Puedes reclamar la nulidad del contrato de este tipo de tarjetas de crédito y la devolución del exceso del capital prestado (intereses, comisiones, gastos y seguro adherido).

Cártel de Coches

Si compraste un coche entre 2006 y 2013 podrías recuperar hasta el 15% del precio que pagaste por él.

Son afectados por el cártel de coches y, por tanto, pueden reclamar indemnización, todas aquellas personas que adquirieron un vehículo ya fuese por compra, leasing o renting entre los años 2006 y 2013, de cualquiera de las marcas que conforman el cártel de los coches. No solo afecta a particulares sino a autónomos y empresas también

Aunque el sobrecoste depende del vehículo y el modelo comprado, se estima que las indemnizaciones podrían alcanzar hasta el 15% del precio del vehículo adquirido

Los fabricantes de coches afectados son los siguientes:

Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroen, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mazda, Mercedes Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota, Volvo.

IRPH

El IRPH o Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, confeccionado por el Banco de España, es uno de los tipos de interés más utilizados en nuestro país junto con el Euribor. Las hipotecas referenciadas a este índice poseen un tipo de interés muy elevado que se extrae haciendo una media de los intereses aplicados por cajas de ahorro y bancos.  Sobre este índice planea la sospecha de la falta de transparencia en su comercialización por parte de los bancos. La causa fue llevada al ámbito de la Unión Europea después de que el Supremo no lo considerara abusivo.

¿Cómo puedo saber si tengo IRPH en mi préstamo?

Es muy sencillo. Solo tienes que buscar en tu escritura, normalmente el apartado 3. Tipo de interés. También como: 3. Intereses ordinarios; TERCERO bis. Tipo de interés variable.

Con una redacción así o similar: TERCERA BIS. (Tipo de interés variable). El tipo de interés nominal a aplicar a partir de cada fecha de revisión, estará compuesto por el índice de referencia conocido como “tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años del conjunto de entidades…”

¿Por qué es abusivo?

  • ¿Hubieras firmado tu hipoteca si te llegan a ofrecer toda la información, si te hubieran explicado que con el IRPH siempre ibas a pagar más que con otros indices, como el Euribor?
  • ¿Hubieras firmado tu hipoteca si sabes que el Banco de España indicó a los bancos que los préstamos con IRPH debían ir acompañados de un diferencial negativo, cuando a ti te aplican uno positivo?

¿Qué se reclama? ¿Qué puedes conseguir?

Por ejemplo: para una hipoteca de 170.000 euros a devolver en 25 años, con tipo de interés variable de IRPH + 0,8% de diferencial, una familia puede recuperar 38.000€

Es indiferente si tu hipoteca está en pesetas, si hace años que la contrataste o si ya la terminaste de pagar, no existe ningún plazo para reclamar.

Si crees que tu hipoteca contiene cláusulas abusivas, no pierdas más tiempo. ¡Contáctanos y recupera tu dinero!
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